COMPROBANTE ELECTRÓNICO
¿Qué es un comprobante de pago electrónico?
Se considera comprobante de pago electrónico a todo documento regulado por SUNAT, que demuestra la entrega de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios.
Para su emisión utiliza una
herramienta informática autorizada como tal por la Superintendencia Nacional de
Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT.
Podemos detectar si un comprobante
de pago es físico o electrónico, si observamos el número de serie del mismo.
¿Cuáles son los beneficios de emitir comprobantes de pago
electrónico?
Tipos de Comprobantes de Pago Electrónicos
- · Factura electrónica
- · Boleta de venta electrónica
- · Notas de crédito electrónica
- · Recibo de servicios públicos electrónicos
- · Recibo por honorarios electrónico
- · Comprobante de retención
- Comprobante de percepción electrónica
¿Cuáles son los
sistemas de emisión electrónica de comprobantes de pago?
Sistemas
de Emisión de Comprobantes de Pago Electrónicos
Los
comprobantes de pago electrónicos se generan a través de los Sistemas de
Emisión Electrónica –SEE, que a continuación se detallan:
- · Sistema de emisión SOL – SEE – SOL
- · Sistema de emisión Facturados SUNAT
- · Sistema de emisión del contribuyente – SEE – SDC
- · Sistema de emisión del Operador de servicios Electrónicos -SEE - OSE
¿Quiénes están obligados a emitir comprobantes de pago
electrónicos?
Comprobante Electrónico
Están
obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes
personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores
electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.
Nuevo Procedimiento de Contingencia para Emisores Electrónicos
Designados
Contenido comprobante
Plazos
de validez de documentos físicos autorizados antes del 01 de setiembre del 2018
Para
aquellos emisores electrónicos obligados que tengan documentos físicos para
situaciones de contingencia, autorizados hasta el 31/08/2018 lo podrán utilizar
hasta los siguientes:
Nuevas Leyendas como información pre-impresa de los documentos
físicos
A partir del 01 de setiembre del 2018, los siguientes documentos físicos deberán de contar con las siguientes leyendas como información pre-impresa:
Ejemplo:
Nuevos requisitos para autorizar la impresión:
Los
emisores electrónicos obligados que soliciten la impresión de documentos
físicos (Facturas, Boletas de Venta y Notas vinculadas a estas) para ser
utilizados en las situaciones de contingencia, a partir del 01.09.2018 deberán
de cumplir con requisitos adicionales según se indica a continuación:
Límite de autorización de impresión
Los
emisores electrónicos obligados podrán solicitar la impresión de documentos
físicos de acuerdo a los siguientes límites:
Nueva forma de envío a SUNAT de los documentos físicos emitidos
por contingencia
Los “emisores electrónicos
obligados” deben presentar una Declaración Jurada Informativa a SUNAT con el
detalle de los documentos físicos que hayan emitido por situaciones de
contingencia que no les sean imputables. Dicha declaración se ha venido
presentando a través del PEI, sin embargo, a partir del 01 de setiembre del
2018, la información se presentará de acuerdo a lo siguiente:
Anexo:




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